La entrada en vigor en febrero de 1996 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales supuso entre otras cosas la aparición de un concepto nuevo: Vigilancia de la Salud como sustitución de los reconocimientos médicos. Este debería permitirnos conocer el estado de salud de los trabajadores/as a nivel individual y colectivo, lo que nos ayudaría a establecer una planificación preventiva, estableciendo prioridades y pudiendo posteriormente comprobar la eficacia de las medidas adoptadas en coordinación con el resto de especialidades preventivas (Seguridad, Higiene Industrial, Ergonomía y Psico-Sociología Aplicada).
Desde hace años, UGT-Euskadi viene denunciando que la vigilancia de la salud en las empresas sigue siendo una asignatura pendiente, a pesar de que la normativa sobre prevención (Ley de PRL, Reglamento de Servicios de Prevención y Decreto 306/1999 que regula las actividades sanitarias de los Servicios de Prevención en la CAE) configura la vigilancia de la salud como un derecho del trabajador/a y una obligación de la empresa.
La vigilancia de la salud debe ser un verdadero medio de prevención de seguridad y salud en el trabajo. UGT-Euskadi, viene defendiendo que la vigilancia de la salud debe configurarse como un aspecto global y multidisciplinar, que afecta a muchos aspectos de la vida del trabajador o la trabajadora y no limitarla a la realización exclusiva de reconocimientos médicos. Desde el empeño de mantener informados/as a trabajadores/as en general y a los Delegados/as de Prevención, se ha elaborado esta guía que pretende ser un instrumento práctico y de consulta.
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