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Es necesario el compromiso de todas las partes para que la Igualdad sea real y efectiva en la empresa

La representante de UGT- Euskadi ha participado, en concreto, en la mesa redonda que se ha llevado a cabo  junto a otros agentes sociales, para abordar las medidas necesarias para la puesta en marcha de las herramientas que se contemplan para erradicar la desigualdad de género en los dos Reales Decretos, que se han puesto en vigor este año.

Xuria Arza, a la derecha, entre las participantes a las Jornadas del Gobierno vasco

Buena parte de la intervención de Xuria Arza ha estado centrado en el Real  Decreto 901/2020, que  establece la obligatoriedad del registro y de la negociación colectiva de los planes de igualdad, en vigor desde el 14 de enero de 2021, con el mismo se ha intentado con este decreto dar respuesta a cuestiones que se estaban planteando en la práctica.

Xuria Arza resalta que “para UGT, como sindicato comprometido con la Igualdad, es muy importante el avance que supone este decreto, que nos otorga seguridad jurídica  en los planes de Igualdad y determina cómo llevar a cabo las comisiones negociadoras y los propios planes de Igualdad, corrige además cuestiones que dilataban la negociación, dando como tiempo un año para la negociación y una vigencia  como máximo  de 4 años, para que no se convierta en un tomo de una estantería más en la empresa”.

Además, el RD también determina que será obligatorio hacer seguimiento y evaluación de las medidas que contiene el Plan de Igualdad. Los mismos se realizarán en el seno de una Comisión de seguimiento formada por representantes de la empresa y la representación legal de trabajadores/as. En definitiva, se trata de revisar  si las medidas han sido eficaces y corregir para el siguiente Plan.

En este sentido, un avance importante de este RD es que regula el registro de los planes de igualdad en el REGCON, un registro para convenios colectivos y acuerdos y ahora también para  los planes de Igualdad. Esto significa que la autoridad laboral vigila que se cumpla los términos recogidos en la normativa, respecto a la negociación y contenido de los planes de Igualdad.

Planes también en empresas donde no exista representación sindical

Xuria Arza explica que una de las novedades más significativas de este RD es que los planes de Igualdad se tienen que negociar también en las empresas donde no exista representación sindical, a través de una Comisión Negociadora, formada por representación  de las empresas, por los sindicatos más representativos  y por  los sindicatos representativos del sector al que pertenezca la empresa y con legitimación para formar parte de la comisión negociadora del convenio colectivo de aplicación.

Durante el proceso de negociación, se levantará acta de cada una de las reuniones que deberán ser aprobadas y firmadas con manifestaciones de parte, si fuera necesario.

Las partes deberán negociar de buena fe, con vistas a la consecución de un acuerdo. El acuerdo requerirá la conformidad de la empresa y de la mayoría de la representación de las personas trabajadoras que componen la comisión.

En caso de desacuerdo, la comisión negociadora podrá acudir a los procedimientos y órganos de solución autónoma de conflictos, si así se acuerda, previa intervención de la comisión paritaria del convenio correspondiente, si así se ha previsto en el mismo para estos casos.

El resultado de las negociaciones deberá plasmarse por escrito y firmarse por las partes negociadoras para su posterior remisión a la Autoridad Laboral.

Limitaciones y puesta en marcha en Euskadi

Xuria Arza reconoce que las mayores limitaciones son la falta de sensibilización y de conocimientos respecto al Real Decreto, que persigue que los planes de igualdad sean algo obligatorio, en este momento para empresas de más de 100 personas trabajadoras, pero no una mera declaración de intenciones, sin diagnostico previo, copiado de otro y sin tiempo para negociar.

También reconoce que existe falta de colaboración por parte de empresas para dar la información necesaria para los diagnósticos y los registros salariales que servirán para la realización de las auditorías salariales, que se detallan en otro Real Decreto novedoso, el 902/2020.

La nueva normativa confiere una labor ardua e ingente para los agentes sociales, que formarán parte de estas comisiones para la negociación de los planes de Igualdad.

Todo el sindicato se tiene que implicar, si queremos conseguir una Igualdad con mayúsculas, real y efectiva en las empresas

En el Grupo de Igualdad de la Mesa de Diálogo Social se llegó a un acuerdo para dotar de recursos a patronal y sindicatos, con objeto de abordar la labor de negociación de los planes de Igualdad en Euskadi. Ahora, en noviembre, se iniciarán las reuniones  para determinar de qué forma poner en marcha un programa para la capacitación y formación interna de esos agentes sociales. Además, a través de este acuerdo,  se contará con el apoyo y asesoramiento a las comisiones negociadoras de los planes de Igualdad por parte del Consejo de Relaciones Laborales (CRL) y de Emakunde.

Xuria Arza advierte que “como UGT, todo el sindicato se tiene que implicar también con este compromiso  por la Igualdad, si queremos conseguir una Igualdad con mayúsculas, real y efectiva en las empresas. No podemos olvidar que se trata de una herramienta tan valiosa como los convenios colectivos, ya que los planes de Igualdad son también Negociación Colectiva.”

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