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Nosotras conciliamos ¿Vosotros conciliáis?

UGT ha elaborado un tríptico informativo sobre los distintos permisos que existen para la conciliación de las personas trabajadoras. Los derechos por razón de la maternidad y para el cuidado tanto de los hijos e hijas, como del resto de familiares, siempre se han considerado derechos cuya titularidad está atribuida a las mujeres trabajadoras, que son las que de forma mayoritaria asumen las tareas de cuidados. Nada más lejos de la realidad, pues en nuestro país, únicamente existe un derecho que no puede ser cedido o compartido y es, precisamente, el permiso de paternidad. Las responsabilidades familiares generan derechos individuales, que pueden ser disfrutados tanto por los hombres como por las mujeres, con independencia de la situación laboral del otro progenitor, en la mayoría de los casos.

La conciliación de la vida laboral y familiar es un derecho fundamental que prima por encima de otros derechos laborales, por lo que su uso y disfrute tienen una protección jurídica especial. En este folleto se hace breve repaso a los derechos básicos reconocidos legalmente con el fin de hacer hincapié en la necesidad de incrementar la corresponsabilidad en la asunción de las responsabilidades familiares por parte de los trabajadores varones, con el fin de avanzar en la consecución de la igualdad efectiva de mujeres y hombres en el ámbito laboral y social.

folleto

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