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UGT- Euskadi demanda a las Diputaciones Forales la aplicación de la exención de tributar IRPF en las bajas de maternidad y paternidad

La prestación por maternidad y paternidad debe estar exenta del pago de IRPF y, poreste motivo, UGT- Euskadi demanda de las Diputaciones Forales que apliquen la exención del tributo tal y como se recoge en las normas forales. El sindicato exige que se devuelvan las cantidades retenidas y, si no lo hace, anima a los 74.265 personas de baja de maternidad y/o paternidad que durante los años 2012 a 2016 han estado en
dicha situación a reclamar su devolución.

UGT pedía ayer al Ministerio un cambio en la interpretación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para que la prestación por maternidad y paternidad quede exenta del pago de éste, tal y como recoge la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid TSJM). Y, en base a este caso, demanda a las Diputaciones que aplique la ley y las normativas forales -con idéntico texto- y, por tanto, exima del pago del tributo en el caso de las prestaciones por permiso de maternidad/paternidad.

Las Diputaciones Forales utilizan el mismo criterio interpretativo de Hacienda, que mantiene la obligación de tributación al considerar las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad y paternidad como rendimientos de trabajo no exentas.

En Alava la prestación por maternidad/paternidad estuvo exenta en los ejercicios fiscales 2009 a 2011.Pero en 2010 hubo un serio problema: El Organismo Jurídico de Álava, entidad que media entre los contribuyentes y la Hacienda foral y estudia sus reclamaciones, otorgó la razón a una mujer que dio a luz en 2010 y que demandó contra la inclusión en su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la prestación percibida de la Seguridad Social.

Las Juntas Generales suprimieron la exención de las prestaciones de maternidad en abril de 2013 para equiparar la situación a Bizkaia y Gipuzkoa donde esta ayuda no estaba libre de impuestos. Lo hicieron con efectos retroactivos hasta el 1 de enero de 2012, pero también se cuestiona esta medida puesto que los tributos devengan el 31 de diciembre de cada año. Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y Decreto Foral 40/2014, del Consejo de Diputados de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas

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