La Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres (LOIEMH) regula un marco legal especial para la negociación colectiva de la igualdad, estableciendo la obligación general de adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres y otra más especÃfica como es el deber de negociar planes de igualdad en las empresas de más de 250 trabajadores/as.
Con independencia de lo dispuesto en la LOIEMH sobre la previsión de evaluación por parte del Gobierno, junto con los interlocutores sociales, del estado de la negociación colectiva en materia de igualdad, con el fin de estudiar las medidas, que en su caso, resulten pertinentes en función de la evolución experimentada en los cuatro años siguientes a su entrada en vigor, consideramos imprescindible conocer cual está siendo la aplicación práctica de los planes de igualdad en las empresas y analizar la eficacia de los mismos en su objetivo final, la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en el terreno práctico del ámbito de las relaciones laborales, la eliminación de las discriminaciones entre trabajadores de uno y otro sexo en el desenvolvimiento de las mismas y en el lugar donde se desarrollan, es decir, en el seno de la empresa, asà como el avance hacia un modelo laboral en el que la participación igualitaria de los trabajadores sin distinción de género, se convierta en un hecho más allá del reconocimiento que la legislación y la doctrina jurisprudencial hacen de este derecho fundamental.
En el momento actual y pese al contexto de crisis económica en el que nos encontramos, es necesario que centremos el debate de la igualdad efectiva en el reto que supone la implantación correcta de las medidas contra las discriminaciones y de los planes de igualdad en las empresas, asà como en su adecuada aplicación.
Es precisamente ahora cuando más se hace necesario aprovechar lo que las modificaciones legales en el último año en materia laboral nos reservan a la representación legal de los trabajadores y a la negociación colectiva, para defender lo que hemos conseguido y seguir avanzando en la igualdad. Nuestro papel es el de asegurar el empleo con calidad, y la igualdad, además de un derecho fundamental, es un elemento imprescindible para que podamos hablar de un empleo digno.
Creemos que este es el camino presente y futuro para lograr el objetivo de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en el ámbito laboral.
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Análisis de medidas de planes de igualdad en la negociación colectiva Informe 2011
La Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de mujeres y hombres (LOIEMH) regula un marco legal especial para la negociación colectiva de la igualdad, estableciendo la obligación general de adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres y otra más especÃfica como es el deber de negociar planes de igualdad en las empresas de más de 250 trabajadores/as.
Con independencia de lo dispuesto en la LOIEMH sobre la previsión de evaluación por parte del Gobierno, junto con los interlocutores sociales, del estado de la negociación colectiva en materia de igualdad, con el fin de estudiar las medidas, que en su caso, resulten pertinentes en función de la evolución experimentada en los cuatro años siguientes a su entrada en vigor, consideramos imprescindible conocer cual está siendo la aplicación práctica de los planes de igualdad en las empresas y analizar la eficacia de los mismos en su objetivo final, la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en el terreno práctico del ámbito de las relaciones laborales, la eliminación de las discriminaciones entre trabajadores de uno y otro sexo en el desenvolvimiento de las mismas y en el lugar donde se desarrollan, es decir, en el seno de la empresa, asà como el avance hacia un modelo laboral en el que la participación igualitaria de los trabajadores sin distinción de género, se convierta en un hecho más allá del reconocimiento que la legislación y la doctrina jurisprudencial hacen de este derecho fundamental.
En el momento actual y pese al contexto de crisis económica en el que nos encontramos, es necesario que centremos el debate de la igualdad efectiva en el reto que supone la implantación correcta de las medidas contra las discriminaciones y de los planes de igualdad en las empresas, asà como en su adecuada aplicación.
Es precisamente ahora cuando más se hace necesario aprovechar lo que las modificaciones legales en el último año en materia laboral nos reservan a la representación legal de los trabajadores y a la negociación colectiva, para defender lo que hemos conseguido y seguir avanzando en la igualdad. Nuestro papel es el de asegurar el empleo con calidad, y la igualdad, además de un derecho fundamental, es un elemento imprescindible para que podamos hablar de un empleo digno.
Creemos que este es el camino presente y futuro para lograr el objetivo de la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en el ámbito laboral.
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