Nº | Fecha | Disposiciones | Descargar |
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223 | 20/11/2015 | Convenio colectivo de la empresa Sociedad Vascongada de Publicaciones, S.A. (Diario vasco) con vigencia de cuatro años a partir del 1 de enero de 2015, finalizando su vigencia el día 31 de diciembre de 2018, con independencia de la fecha en que sea publicado oficialmente, una vez homologado por la autoridad laboral competente. | Sociedad Vascongada de Publicaciones, S.A. (Diario vasco) |
222 | 19/11/2015 | Convenio colectivo de la empresa Abrasivos Unesa, S.L. con vigencia desde el día 1 de enero de 2015 y tendrá una duración de un año, es decir hasta el 31 de diciembre de 2015. En este acto, se acuerda denunciar automáticamente el próximo Convenio de Empresa. | Abrasivos Unesa, S.L. |
220 | 17/11/2015 | Acuerdo de modificación del artículo 37 del convenio colectivo de la empresaGerdau Aceros Especiales Europa, S.L. | Gerdau Aceros Especiales Europa, S.L. |
220 | 17/11/2015 | Convenio colectivo de la empresa GERTEK, S.A. Servicio de ordenanza de tráfico y aparcamiento (O.T.A.) de Tolosa con vigencia desde el día de su firma, excepto en aquellos artículos que expresamente se disponga lo contrario, e independientemente de la fecha de publicación en el «Boletin Oficial de Gipuzkoa». No obstante, sus efectos económicos se retrotraerán al 1 de enero de 2015. La duración de este Convenio será de 2 años se extenderá desde el 1 de enero de 2015 hasta 31 de diciembre de 2016. El Convenio quedará denunciado automáticamente dentro de los tres últimos meses de su vencimiento. | GERTEK, S.A. Servicio de ordenanza de tráfico y aparcamiento (O.T.A.) de Tolosa |
213 | 6/11/2015 | Convenio colectivo de la empresa Hijos de Juan de Garay, S.A. con vigencia de dos años. Entrará en vigor a todos los efectos a partir del 1.º de enero de 2015 finalizando el 31 de diciembre del año 2016. Quedará automáticamente denunciado a partir del 1.º de noviembre del año 2016, pudiéndose iniciar desde esa fecha las negociaciones para el Convenio de empresa que lo sustituya. Se acuerda expresamente que una vez denunciado y concluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia del convenio, hasta la suscripción por ambas partes de otro que lo sustituya. | Hijos de Juan de Garay, S.A. |
210 | 3/11/2015 | Convenio colectivo de la empresa Electromecanicas Pasaia S.L. con vigencia de 2 años. Entrará en vigor a todos los efectos a partir del 1.º de enero de 2015 finalizando el 31 de diciembre del año 2016. Este Convenio se dará por denunciado expresamente el 30 de septiembre de 2016 esto es tres meses antes de su vencimiento, comprometiéndose las partes a constituir la comisión negociadora antes del 31 de octubre, e iniciar la negociación del nuevo Convenio en el plazo de 15 días desde la constitución de la comisión negociadora. Se acuerda expresamente, que una vez denunciado y concluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia del convenio hasta la suscripción por ambas partes de otro que lo sustituya. | Electromecanicas Pasaia S.L. |
209 | 2/11/2015 | Convenio colectivo de la empresa Labayen y Laborde, S.L. con vigencia de 2 años. Entrará en vigor a todos los efectos a partir del 1.º de enero de 2013 finalizando el 31 de diciembre del año 2014. Este Convenio se dará por denunciado expresamente el próximo 30 de septiembre de 2014 esto es tres meses antes de su vencimiento, comprometiéndose las partes a constituir la comisión negociadora antes del 31 de octubre, e iniciar la negociación del nuevo Convenio en el plazo de 15 días desde la constitución de la comisión negociadora. Se acuerda expresamente, que una vez denunciado y concluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia del convenio hasta la suscripción por ambas partes de otro que lo sustituya. | Labayen y Laborde, S.L. |
198 | 16/10/2015 | Convenio colectivo de la empresa Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Gipuzkoa con vigencia para los años 2015, 2016 y 2017, surtiendo efectos retroactivos en relación con el régimen económico salarial a partir del 1 de enero de 2015. Una vez finalizada la vigencia del convenio será de aplicación el periodo de dos años de ultraactividad. El presente convenio quedará automáticamente denunciado el día 1 de octubre de 2017, pudiéndose iniciar desde esa fecha, las negociaciones para el convenio colectivo que lo sustituya. | Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Gipuzkoa |
198 | 16/10/2015 | Convenio colectivo de la empresa GERDAU ACEROS ESPECIALES EUROPA, S.L. con vigencia desde el día 1 de enero de 2015 y tendrá una duración de cuatro (4) años, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018, con independencia de la fecha de su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa. | GERDAU ACEROS ESPECIALES EUROPA, S.L. |
196 | 15/10/2015 | Calendario de fiestas locales del territorio de Gipuzkoa para el año 2016 | Calendario de fiestas locales del territorio de Gipuzkoa para el año 2016 |
196 | 14/10/2015 | Convenio colectivo de la empresa Petra Lekuona zaharren egoitza con vigencia desde 1 de enero de 2015 a 31 de diciembre del 2016, excepto para los artículos que posean una vigencia específica superior de un año y, mantendrá su vigencia, hasta la firma de un convenio colectivo provincial o de empresa que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas, la vigencia será desde uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Petra Lekuona zaharren egoitza |
196 | 14/10/2015 | Convenio colectivo de la empresa Eulen sociosanitario de residencias, centros de día y pisos tutelados para las personas mayores de Gipuzkoacon vigencia desde 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de empresa que lo sustituya. | Eulen sociosanitario de residencias, centros de día y pisos tutelados para las personas mayores de Gipuzkoa |
190 | 5/10/2015 | Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio colectivo de la empresa DHL Express Gipuzkoa Spain, S.L. | DHL Express Gipuzkoa Spain, S.L. |
190 | 5/10/2015 | Convenio colectivo de la empresa ITTEN, Herriekin Lan Egiten, S.A. con vigencia desde la fecha de aprobación por el Consejo de Administración, con efectos retroactivos en todos sus términos desde el 1 de enero de 2015, salvo en lo relativo a la Determinación retributiva (art. 13.2) que tendrá efecto desde el 1 de junio de 2015. Se acuerda expresamente, a los efectos de lo dispuesto en el art. 86.3 ET, que una vez denunciado y concluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia de este convenio hasta la suscripción por ambas partes de otro que lo sustituya. La empresa no podrá en ningún caso acogerse a la inaplicación del presente convenio, mediante el procedimiento al que se refiere el art. 82.3 ET, debiendo intentar en su caso la posibilidad de renegociar el mismo antes de su vencimiento, para lograr otro, o la posibilidad de revisión del mismo que prevé el art. 86.1 ET. | ITTEN, Herriekin Lan Egiten, S.A. |
189 | 2/10/2015 | Convenio colectivo de la empresa Ntra. Sra. de la Merced de Soraluce (asilo benéfico de Placencia) para las personas mayores con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de centro que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2014, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Ntra. Sra. de la Merced de Soraluce (asilo benéfico de Placencia) para las personas mayores |
189 | 2/10/2015 | Convenio colectivo de la empresa Arizaga Bastarrica y cia S.A con vigencia de 4 años, que se extenderá desde el 01/01/2013 hasta el 31/12/2016. Las condiciones recogidas en el presente Convenio de Empresa, en tanto no se acuerde un nuevo Convenio, mantendrán su vigencia indefinidamente. | Arizaga Bastarrica y cia S.A |
184 | 25/09/2015 | Revisión salarial del convenio colectivo de la empresa PRODEMA, S.A. para para el segundo semestre de 2013 y para el 2014. | PRODEMA, S.A. |
175 | 14/09/2015 | Convenio colectivo del Centro de Día de Legazpi gestionado por la empresa HAKERU Servicios Integrados, S.L. con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de empresa que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia sera desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Centro de Día de Legazpi gestionado por la empresa HAKERU Servicios Integrados, S.L. |
174 | 11/09/2015 | Convenio colectivo de empresa de la residencia fundación patronato Jose Arana de Eskoriatza para las personas mayores con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de centro que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2014, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Residencia fundación patronato Jose Arana de Eskoriatza para las personas mayores |
174 | 11/09/2015 | Convenio colectivo de la empresa Zestoako San Juan Fundazioa con vigencia desde 1 de enero de 2015 a 31 de diciembre del 2016, excepto para los artículos que posean una vigencia específica superior de un año y, mantendrá su vigencia, hasta la firma de un convenio colectivo provincial o de empresa que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas, la vigencia será́ desde uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá́ prorrogado expresamente. | Zestoako San Juan Fundazioa |
149 | 7/08/2015 | Convenio colectivo de la empresa Bidelan Gipuzkoako Autobideak, S.A con vigencia de 2 años (desde el 1 de enero del 2015 hasta el 31 de diciembre del 2016). Quedará automáticamente denunciado el día 1 de noviembre de 2016, pudiéndose iniciar desde esa fecha, las negociaciones para el convenio colectivo que lo sustituya. | Bidelan Gipuzkoako Autobideak, S.A |
147 | 5/08/2015 | Convenio colectivo de la empresa Industrias Betiko, S.A. con vigencia desde de dos años. Entrará en vigor a todos los efectos a partir del 1.º de enero de 2014 finalizando el 31 de diciembre del año 2015. Quedará automáticamente denunciado a partir del 1.º de noviembre del año 2015, pudiéndose iniciar desde esa fecha las negociaciones para el Convenio Colectivo que lo sustituya. Se acuerda expresamente, que una vez denunciado y concluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia del convenio por ultraactividad hasta el 31 de diciembre de 2016. | Industrias Betiko, S.A. |
147 | 5/08/2015 | Convenio colectivo de la empresa UTE Unidades Convivenciales Txara 1 con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de empresa que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | UTE Unidades Convivenciales Txara 1 |
145 | 3/08/2015 | Convenio colectivo de la empresa Zu eta biok, S.Coop. con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016, excepto para los artículos que posean una vigencia específica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de empresa que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Zu eta biok, S.Coop. |
145 | 3/08/2015 | Convenio colectivo de la empresa Constructora de Útiles y Herramientas, S.L. (COUTH) con vigencia desde el 1 de enero de 2014 finalizando el 31 de diciembre del año 2015. Quedará automáticamente denunciado tres meses antes de la finalización de su vigencia, pudiendo iniciarse en esa fecha las negociaciones del nuevo convenio colectivo de empresa. Finalizada la vigencia de este convenio, se mantendrá su vigencia durante tres años, salvo que sea sustituido por un nuevo convenio colectivo de empresa. | Constructora de Útiles y Herramientas, S.L. (COUTH) |
144 | 30/07/2015 | Convenio colectivo de la empresa Perfiles especiales Selak, S.L. con vigencia desde el día 1 de enero de 2015 y finalizando el 31 de diciembre de 2016. A partir del 1 de diciembre de 2016, se podrán iniciar las negociaciones para el Convenio de Empresa del siguiente periodo. Se acuerda expresamente que, una vez concluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia del mismo hasta la suscripción por ambas partes de otro que lo sustituya. | Perfiles especiales Selak, S.L. |
142 | 28/07/2015 | Convenio colectivo de la empresa Talleres Flujoma, S.l. con vigencia desde el 1.º de enero de 2015 finalizando el 31 de diciembre del año 2016. Este Convenio se dará por denunciado expresamente el 30 de septiembre de 2016 esto es tres meses antes de su vencimiento, comprometiéndose las partes a constituir la comisión negociadora antes del 31 de octubre, e iniciar la negociación del nuevo Convenio en el plazo de 15 días desde la constitución de la comisión negociadora. Se acuerda expresamente, que una vez denunciado y concluida la duración pactada, se mantendrá la vigencia del convenio hasta la suscripción por ambas partes de otro que lo sustituya, o en su defecto, hasta el 31 de diciembre de 2018. Fecha en la cual, de no alcanzarse un nuevo acuerdo finalizara la vigencia del mismo. | Talleres Flujoma, S.l. |
140 | 24/07/2015 | Convenio colectivo de la empresa Calera de Alzo, S.L. con vigencia desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2016, prorrogándose tras esta fecha anualmente por tácita aceptación, y en sus propios términos, en tanto no se solicite su revisión y se formule su necesaria denuncia en los términos del artículo. En caso de denuncia, se efectuará comunicándolo por escrito a la otra parte con una antelación mínima de 3 meses a la finalización de su vigencia, debiendo constituirse la nueva mesa negociadora, con objeto de iniciar las negociaciones para el Convenio siguiente en el plazo de 15 días. El plazo máximo de vigencia del presente Convenio Colectivo a contar desde la denuncia del mismo será de 24 meses. | Calera de Alzo, S.L. |
138 | 22/07/2015 | Convenio colectivo de la empresa Fundación San Martin egoitza de Azpeitia, de la Residencia para las personas mayores con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de empresa que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Fundación San Martin egoitza de Azpeitia, de la Residencia para las personas mayores |
138 | 22/07/2015 | Corrección de errores del convenio colectivo de la empresa Aizkibel, S.A. | Aizkibel, S.A. |
134 | 16/07/2015 | Convenio colectivo de la empresa Biharko Gipuzkoa, S.L. con vigencia desde el 1 de enero de 2015 a 31 de diciembre del 2016, excepto para los artículos que posean una vigencia específica superior de un año y, mantendrá su vigencia, hasta la firma de un convenio colectivo provincial o de empresa que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas, la vigencia será desde uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Biharko Gipuzkoa, S.L. |
132 | 14/07/2015 | Convenio colectivo de la empresa Gerozerlan, S.L. con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de centro que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Gerozerlan, S.L. |
132 | 14/07/2015 | Convenio colectivo del Centro de Trabajo Otezuri de la Empresa Gerozerlan, S.L. con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de centro que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Otezuri de la Empresa Gerozerlan, S.L. |
132 | 14/07/2015 | Convenio colectivo de la empresa Laugara, S.L. del centro de día y asistencia domicilio de Gipuzkoa con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de empresa que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Las partes firmantes manifiestan la necesidad de mantener el convenio colectivo provincial de las personas mayores de Gipuzkoa como referencia mínima de las condiciones de las personas que trabajan en el sector. | Laugara, S.L. del centro de día y asistencia domicilio de Gipuzkoa |
132 | 14/07/2015 | Convenio colectivo del Centro de Trabajo Txara 1 gestionado por la Empresa Gerozerlan, S.L. con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de centro que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Txara 1 gestionado por la Empresa Gerozerlan, S.L. |
132 | 14/07/2015 | Convenio colectivo de centro de Trabajo Zubiaurre de la Empresa Gerozerlan, S.L. con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de centro que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Zubiaurre de la Empresa Gerozerlan, S.L. |
125 | 3/07/2015 | Corrección de errores. Convenio colectivo de la empresa Gipuzkoako Urak, S.A. | Gipuzkoako Urak, S.A. |
123 | 1/07/2015 | Convenio colectivo de la empresa Aizkibel, S.A. con vigencia desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2017, prorrogándose tras esta fecha anualmente por tácita aceptación, y en sus propios términos, en tanto no se solicite su revisión y se formule su necesaria denuncia en los términos del artículo. En caso de denuncia, se efectuará comunicándolo por escrito a la otra parte, con una antelación mínima de tres meses, debiendo constituirse la nueva mesa negociadora, con objeto de iniciar las negociaciones para el Convenio siguiente, en el plazo de 15 días. El plazo máximo de negociación para la renovación del presente convenio colectivo a contar desde la finalización de la vigencia del Convenio, será de dieciocho meses. | Aizkibel, S.A. |
123 | 1/07/2015 | Convenio colectivo de la empresa Catalunya2 de residencias, para las personas mayores de Gipuzkoa con vigencia desde el 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre del 2016 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de empresa que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2015. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2016, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Catalunya2 de residencias, para las personas mayores de Gipuzkoa |
121 | 29/06/2015 | Convenio colectivo de la empresa Residencia Municipal San Martin de Oñate gestionado por la empresa Samsic Iberia, S.L.U. con vigencia desde el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre del 2014 excepto para los artículos que posean una vigencia especifica superior de un año, y mantendrá su vigencia hasta la firma del convenio colectivo de empresa que lo sustituya. A efectos retributivos, entendiéndose como tales las retribuciones determinadas en tablas salariales anexas e incrementos sobre salarios reales la vigencia será desde el uno de enero del año 2013. Ambas partes convienen que el Convenio se considerará denunciado el 15 de octubre de 2014, comprometiéndose a la constitución de la Comisión Negociadora del siguiente Convenio en el plazo máximo de un mes. Mientras no se firme un nuevo convenio que lo sustituya el presente se entenderá prorrogado expresamente. | Residencia Municipal San Martin de Oñate gestionado por la empresa Samsic Iberia, S.L.U. |
115 | 19/06/2015 | Convenio colectivo del organismo autónomo Fundación Uliazpi con vigencia desde el 1 de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2017 (salvo para aquellas cuestiones que expresamente se señale otra fecha de aplicación). Este período o acuerdo, se entenderá prorrogado expresa, temporal y accidentalmente en su vigencia, y en la totalidad de sus contenidos hasta la entrada en vigor del nuevo acuerdo, firmado por ambas partes.. | Organismo autónomo Fundación Uliazpi |
114 | 18/06/2015 | Convenio colectivo de la empresa Gipuzkoako Urak, S.A. con vigencia de 2 años, tras lo que se prorrogará indefinidamente hasta que sea sustituido por otro convenio de idéntico rango y ámbito de aplicación. Entrará en vigor a todos los efectos a partir del 1 de enero de 2014, y podrá ser denunciado con una antelación de tres meses a la finalización de su vigencia el 31 de diciembre de 2015, debiéndose constituir la mesa de negociación del Convenio que lo sustituya. | Gipuzkoako Urak, S.A. |
113 | 17/06/2015 | Corrección de errores en anuncios publicados en el BOG el 1 y el 12 de junio, relativos a la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa Asociación Hezi Zerb. Heziketa eta Zerbitzuak. | Asociación Hezi Zerb. Heziketa eta Zerbitzuak |
113 | 17/06/2015 | Convenio colectivo de la empresa Nuevo Gran Casino Kursaal de San Sebastián, S.A. con vigencia desde el 1 de enero de 2014 y finalizando el 31 de diciembre del 2016 Este convenio quedará automáticamente denunciado el 15 de noviembre del año 2016 al objeto de que el nuevo Convenio pueda quedar aprobado al final del año. | Nuevo Gran Casino Kursaal de San Sebastián, S.A. |
110 | 12/06/2015 | Convenio colectivo de la empresa SNA Europe Industries Iberia, S.A. planta Soraluze con vigencia desde el 1.º de enero de 2014, finalizando el 31 de diciembre del año 2016. Quedará automáticamente denunciado este Convenio a partir del 31 de diciembre de 2.016, pudiendo iniciarse desde esa fecha las negociaciones del nuevo Convenio que lo sustituya. Finalizado el plazo de vigencia de este Convenio y hasta tanto no se alcance nuevo acuerdo, sigue vigente el presente Convenio en todos sus términos, estableciéndose un plazo máximo de vigencia adicional de 24 meses, exceptuado de lo anterior los artículos en los que expresamente se convenga otra cosa. | SNA Europe Industries Iberia, S.A. planta Soraluze |
110 | 12/06/2015 | Corrección de errores. Revisión salarial del convenio colectivo de la empresaAsociación Hezi Zerb Heziketa eta Zerbitzuak. | Asociación Hezi Zerb Heziketa eta Zerbitzuak |
110 | 12/06/2015 | Convenio colectivo de la empresa Intxausti Tratamientos, S.L. con vigencia desde el 1 de enero de 2012 y se extenderá hasta el 31 diciembre de 2015, manteniéndose en vigor todo su contenido en tanto en cuanto no se alcance nuevo convenio entre las partes que venga a sustituir al mismo. A partir del 01/12/2015, un mes antes de la finalización de la vigencia, cualquiera de las partes notificando a la otra por escrito, podrá denunciar el presente acuerdo, debiendo comenzar en el plazo de 1 mes el plazo para negociar. | Intxausti Tratamientos, S.L. |
105 | 5/06/2015 | Corrección de error. Convenio colectivo de la empresa Interal, S.A. | Interal, S.A. |
101 | 1/06/2015 | Revisión salarial para elaño 2014 del convenio colectivo de la empresaAsociación Hezi Zerb Heziketa eta Zerbitzuak. | Asociación Hezi Zerb Heziketa eta Zerbitzuak |
96 | 25/05/2015 | Convenio colectivo de la empresa Ekialdebus, S.L. con vigencia desde el 1 de marzo de 2013, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa, siendo la duración del mismo hasta 28 febrero de 2017. El Convenio queda automáticamente denunciado a partir del día 30 de noviembre de 2016. No obstante, de conformidad con lo previsto en el último párrafo del apartado 3 del artículo 86 del Estatuto de los Trabajadores, se pacta un periodo de ultraactividad en la vigencia del convenio de 3 años, es decir, hasta el 28 de febrero de 2020. | Ekialdebus, S.L. |
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