Los estibadores de Euskadi secundarán los ocho días de huelga convocados en protesta por el nuevo Decreto Ley aprobado hoy en el Congreso

UGT anuncia que los trabajadores portuarios de Euskadi han decidido llevar a cabo los ocho días de huelga convocados en todo el estado, en protesta por el nuevo Decreto Ley promulgado por el Gobierno del PP en el Consejo de Ministros y aprobado hoy en el Congreso.
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En concreto, el nuevo calendario de huelga arrancará el próximo miércoles 24 de mayo y se extenderá durante ocho días alternos, los lunes, los miércoles y los viernes, de tres semanas consecutivas (los días 24, 26, 29 y 31 de mayo así como los días 2, 5, 7 y 9 de junio). Además de los paros, los estibadores de Pasaia han realizado hoy una concentración, tras la asamblea.

Los responsables de UGT del sector portuario de Euskadi rechazan de manera absoluta y enérgica el nuevo real decreto-ley y señalan que la actitud del Ejecutivo es irresponsable al no trasladar el texto del Decreto antes de su aprobación, así como consultarles sobre el mismo, lo que supone justo lo contrario al compromiso que adquirió el Gobierno. Además critican que el nuevo texto mantiene los aspectos más regresivos, y no garantiza el mantenimiento del empleo ni las condiciones laborales de los trabajadores del sector. En definitiva abocando a las SAGEPs, a su desaparición paulatina, y sustituyendo los “pool” de las mismas por ETTs o similares que inevitablemente traerán consigo eventualidad y precariedad al sector.

Ante esta situación UGT reclama:

1. Que se establezca el diálogo en la negociación, de la modificación legal del régimen jurídico de prestación del servicio de manipulación de mercancías y la relación jurídico laboral de los estibadores portuarios, sin que ello suponga disminución del ámbito funcional del servicio o pérdida de puestos de trabajo en actividades comerciales complementarias.

2. Que se establezca un sistema para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Reino de España en el Convenio nº137 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para la garantía y regularidad del empleo y retribuciones mínimas.

3. Que las entidades intervinientes en los Centros Portuarios de Empleo (CPE) que gestionen la mano de obra portuaria, sean empresas estibadoras con licencia para el servicio portuario de manipulación de mercancías de la Autoridad Portuaria competente en el puerto.

4. Que las empresas estibadoras, por sí o por medio de Anesco, acuerden suscribir un compromiso de mantenimiento del empleo de la totalidad de las trabajadores y trabajadores portuarios que prestan actualmente servicios en las SAGEP y la subrogación convencional del personal en proporción a su participación accionarial en las SAGEP en los supuestos de separación de las mismas, así como el acuerdo sobre los procesos de formación, selección y contratación de personal.

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