UGT denuncia que las empresas de seguridad privada no están dotando a los vigilantes de los equipos mínimos de protección ante el COVID-19

El sector de Seguridad de la Federación de Servicios, Movilidad y Comunicación (FESMC) de UGT-Euskadi denuncia que las empresas de seguridad privada de Euskadi no están dotando a los vigilantes de seguridad y servicios auxiliares de los equipos mínimos de protección ante el Coronavirus, COVID-19, a pesar de que delegados de salud laboral lo han solicitado.
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Isidro Campo, responsable de Seguridad de UGT de Euskadi denuncia el hecho de que las empresas no proporcionen medidas de autoprotección mínimas, como mascarillas, guantes y gel, cuando el RD 463/2020 por el que se declara el estado de alarma dispone, en su articulo 5.5 que “el Ministerio de Interior podrá dictar las órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones que considere necesarias a todos los sujetos incluidos en el ámbito de la aplicación  de la Ley 5/2014, de 4 de abril de Seguridad Privada”.

Isidro Campo advierte que los vigilantes de seguridad tienen la consideración de servicio esencial  a la comunidad y que su labor se realiza en sitios con mucha afluencia de personas y, por tanto, de riesgo, por lo que reclaman al menos mascarillas, guantes y gel como protección ante el COVID-19 en sus distintos puestos de trabajo.

UGT recuerda que en  la orden INT /226/2020, de 15 de marzo, relacionado con el decreto del estado de alerta sanitaria,  se explicita que “los funcionarios policiales incluidos en el ámbito de aplicación de esta instrucción , independientemente de su cuerpo de pertenencia, tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Se observarán en todo caso, las recomendaciones e instrucciones impartidas en cada caso por las autoridades sanitarias en relación con la prevención de la transmisión del coronarios COVID-19”.

Por otra parte, recuerda que el art. 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) impone al empresario una serie de obligaciones a fin de garantizar la seguridad y la salud en el trabajo, reconociendo al trabajador el derecho a una protección eficaz en esta materia. 

En este sentido, establece el artículo 42 de la LPRL que “el incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas, así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento

UGT Seguridad de Euskadi insta a las empresas a que doten de mascarillas y guantes, al menos como equipos mínimos de protección, a los vigilantes de seguridad. 

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