Euskal Herria VTC deberá abonar 18.000 euros a un trabajador al no haberle aplicado el convenio de transporte de viajeros de Bizkaia

El Juzgado de lo Social nº 3 de Bizkaia esclarece que Euskal Herria VTC debería aplicar a sus conductores el convenio de transporte de viajeros de Bizkaia, en una sentencia, que es firme al no haberse presentado recurso por la empresa, que debe abonar a un trabajador 18.000 euros por la diferencia salarial dejada de percibir entre noviembre de 2019 a mayo de 2021, al haberle aplicado otro convenio
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UGT considera que se trata de una buena sentencia y advierte que está pendiente de juicio de otros 11 trabajadores que reclaman dichas diferencias salariales  para el próximo mes de octubre, con las que el sector de transporte del sindicato espera que se cree jurisprudencia.

En concreto, en esta sentencia se dice que esta empresa de VTC  debe aplicar el convenio de transporte de viajeros de Bizkaia, que es el que corresponde, según resuelve  el órgano consultivo de la Comisión Nacional Consultiva de convenios colectivos y no por el convenio de alquiler de coches con conductor de Madrid , que aplicaba la empresa por ser un servicio de auto taxi.

A juicio de los representantes sindicales, esta sentencia aclara que las  empresas de vehículos de transporte con conductor (VTCs)  de Bizkaia deberían aplicar a sus trabajadores el convenio de transporte de viajeros de este territorio  y, aunque tengan convenio propio, con la última reforma laboral, no tendrán prevalencia sobre el provincial.

El sindicato advierte también que en la negociación del convenio estatal de VTCs, bloqueada ahora, la patronal deberá negociar presentando mejoras sustanciales sobre todo en cuanto a salarios y jornada, así  como en la utilización de las horas de presencia de los conductores.

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