La adicción como enfermedad
Las jornadas han sido presentadas por Juan Carlos Cárdenas, Secretario de Seguridad, Salud y Bienestar Laboral de UGT-Euskadi y desarrolladas por Ramón Gil, técnico de prevención y experto en prevención de adicciones de la Confederación de UGT, que ha presentado las herramientas como Plan de Prevención y Acompañamiento en materia de Adicciones propuestas por el sindicato a lo largo de la mañana, plan acogido con gran interés por parte de los delegados y delegadas asistentes.
Este plan básico presentado recoge estrategias y actuaciones conjuntas y coordinadas tanto por parte de las empresas como de las administraciones públicas. Como puntos a tener en cuenta en el diseño de un Plan de Prevención y Acompañamiento en materia de Adicciones (PAMA), se advierte en primer lugar que las adicciones deben de ser tratadas como una enfermedad y que los planes de prevención deben de ser consensuados por el Área de Recursos Humanos y los representantes sindicales, así como crear de la Comisión Técnica de Adicciones.
Este Plan de prevención de adicciones debe ser integrado dentro de la política preventiva de la empresa y adaptarse a las particularidades de cada empresa y/o Administración pública. “Debe de desarrollar campañas de sensibilización, formación e información y tener un protocolo de acompañamiento y retorno al puesto de trabajo en la empresa y/o Administración pública”.
Ana García de la Torre, Secretaria de Salud Laboral de UGT confederal, espera que la herramienta presentada hoy en Bilbao sirva a las y los representantes de las personas trabajadoras para negociar este tipo de planes preventivos en los centros de trabajo.
Asegura que UGT lleva años reivindicando ante las Administraciones competentes, una protección integral en materia de salud que abarque, tanto el cambio de puesto de trabajo en aquellos casos en que sea necesario, como la adaptación del mismo a las circunstancias personales de la persona trabajadora.
“Los cambios en el mercado de trabajo, la utilización de las TICs, la precariedad, las nuevas formas de organización del trabajo, el incumplimiento de la Ley 31/195 de Prevención de Riesgos Laborales, todo ello genera riesgos a las personas trabajadoras y en determinadas circunstancias puede ayudar a desembocar en el inicio, el mantenimiento, y/o la recaída en adicciones.”
Para la Secretaria de Salud Laboral de UGT es una necesidad abordar la prevención del consumo de sustancias y conductas adictivas en el ámbito laboral. La ley 31/95 de PRL traslada los principios preventivos de la salud en el ámbito del trabajo. “La empresa y las administraciones públicas son el lugar adecuado para desarrollar políticas y planes de prevención en materia de adicciones que permitan prevenir este tipo de situaciones.”
Detección y herramientas
En el manual elaborado por UGT y entregado hoy a los delegados y delegadas de UGT-Euskadi se advierte de que:
- Las pruebas de detección no detectan consumidores, detectan consumo (puede detectarse un consumo ocasional realizado fuera del ámbito laboral).
- Un resultado positivo no indica que la persona tenga un problema de adicción.
- Detectar con el objetivo de sancionar o despedir no es una práctica preventiva sino disciplinaria y, por tanto, no son admisibles si no va acompañada de un tratamiento terapéutico y la salvaguarda de los derechos laborales de la persona afectada.
- Los reconocimientos médicos de la vigilancia de la salud deben diseñarse también de acuerdo a los factores de riesgo que puedan provocar adicciones, cuyo trabajo pueda tener y que deben estar recogidos en la evaluación de riesgo.
En el manual del Plan preventivo se explica que “la persona trabajadora con problemas de adicciones, tiene derecho al acceso de alternativas positivas para su rehabilitación, sin que suponga un perjuicio en el mantenimiento de su puesto de trabajo. Por otro lado, es importante que estos trabajadores y trabajadoras puedan normalizar su vida dentro de la empresa o de la administración pública en la que ejerza sus tareas”.
Se explica que ante situaciones de trabajadores y trabajadoras con este problema se llevará a cabo un plan personalizado de apoyo a la persona trabajadora, teniendo en cuenta todas aquellas variables que puedan estar interfiriendo en su recuperación y reincorporación laboral. Para ello, se realizará un seguimiento médico individualizado, derivando a la red pública/privada de recursos terapéuticos cuando se estime necesario.
“Una vez activado el Protocolo, se proporcionará a las personas trabajadoras información, asesoramiento y orientación hacia un tratamiento adecuado a su problema de salud, siempre respetando su voluntariedad.”
El proceso a seguir se describe comenzando con la evaluación de las demandas de actuación por parte de la Comisión Técnica y siguiendo por la canalización de las demandas, la Información y asesoramiento de los pasos a seguir, . Ofertas de las distintas alternativas; derivación hacia los recursos terapéuticos adecuados; seguimiento de la evolución del tratamiento (adherencia al tratamiento) y la planificación del retorno al puesto de trabajo.
Retorno al puesto de trabajo
El retorno al puesto de trabajo y la reconstrucción de la vida personal y social de la persona trabajadora es el objetivo fundamental de todo este manual. “Hay que considerar que el proceso de retorno al puesto de trabajo tiene varias etapas, encaminadas cada una de ellas a facilitar la integración de la persona con problemas de adicciones en la vida social”.
El manual describe las etapas como desintoxicación y después la deshabituación etapa que no es incompatible con la actividad laboral. La siguiente etapa sería el comienzo de la reconstrucción de la vida personal y social de la persona trabajadora y, la última etapa, es la rehabilitación y, por tanto, el retorno al trabajo, que supone la superación del proceso de crisis o aislamiento social. El acompañamiento y el retorno al trabajo deben llevarse a cabo basados en el diagnóstico y recomendaciones
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