Tras iniciar UGT el procedimiento de determinación de contingencia, el INSS ha resuelto favorablemente como enfermedad profesional la baja de un trabajador, pulidor profesional, aquejado del sÃndrome del túnel carpiano, que la mutua FREMAP habÃa camuflado como enfermedad común y, por tanto, ha tenido que abonar al trabajador las prestaciones económicas que le correspondÃan durante los 4 meses que ha permanecido de baja.
La enfermedad profesional del sÃndrome de túnel carpiano está reconocida en el R.D. 1299/2006, de 10 de noviembre, en el cuadro de enfermedades profesionales, expresamente, en la profesión de pulidor, que este trabajador lleva desempeñando en sus más de 24 años de vida profesional. Pese a indicar su patologÃa y su profesión, en ningún momento en la Mutua le indicaron que su enfermedad era profesional, derivándole a la Sanidad Pública.
UGT-Euskadi denuncia la infradeclaración de enfermedades profesionales, que se produce en muchas ocasiones debido a que las mutuas, como en este caso, consideran esta enfermedad común y la derivan a la Sanidad pública, derivando también sus costos y perjudicando los derechos de las personas trabajadoras.
En este caso, el trabajador habÃa recibido el 75% de su salario por baja de enfermedad, cuando al ser enfermedad profesional la Mutua ha tenido que abonarle hasta el 100% del salario durante el perÃodo en que ha permanecido en IT y que no se hubiera reconocido de no haber mediado el Gabinete de Salud Laboral de UGT-Euskadi.
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