La falta de garantÃas sobre el mantenimiento del empleo y la subrogación de trabajadores, entre otras razones, han motivado la ampliación de la huelga y UGT espera que Gobierno y patronal tomen buena nota de esta muestra de unidad en defensa de los derechos de los trabajadores de la estiba y atiendan las reivindicaciones planteadas, cuyo objetivo es asegurar el cumplimiento de los derechos que estos trabajadores y trabajadoras tienen reconocidos tanto por normativa internacional (Convenio OIT 137 y su Recomendación 145) como por normativa comunitaria (fundamentalmente, Directiva 2001/23/CE).
Los sindicatos UGT, CCOO, Coordinadora, CIG y CGT continuarán con las movilizaciones con una  Huelga de 48 horas, la próxima semana, desde las 8:00 del dÃa 14 hasta las 8:00 del dÃa 16 de junio.
La siguiente semana, del 19 al 25 de junio, tienen previstos nuevos paros en las horas impares; es decir, de 9:00 a 10:00, de 11:00 a 12:00, de 13:00 a 14:00, de 15:00 a 16:00, de 17:00 a 18:00, de 19:00 a 20:00, de 21:00 a 22:00, de 23:00 a 24:00; de 01:00 a 02:00, de 03:00 a 04:00, de 05:00 a 06:00 y de 07:00 a 08:00 durante los siguientes perÃodos:
- Desde las 8:00 horas del dÃa 19 hasta las 8:00 horas del dÃa 20 de junio de 2017
- Desde las 8:00 horas del dÃa 21 hasta las 8:00 horas del dÃa 22 de junio de 2017
- Desde las 8:00 horas del dÃa 23 hasta las 8:00 horas del dÃa 24 de junio de 2017
Dada la modalidad de huelga de un perÃodo de 48 horas y otro en horas alternas durante tres dÃas, no es necesario el establecimiento de servicios mÃnimos para atender los servicios esenciales.
Entre las distintas razones y argumentos que justifican esta convocatoria de huelga, queremos hacer hincapié en la necesidad de que las empresas asuman, en el ámbito convencional, el establecimiento de un sistema para el cumplimiento de las obligaciones asumidas por el Reino de España en el Convenio nº 137 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para la garantÃa y regularidad del empleo y retribuciones mÃnimos.
Además, la patronal ANESCO y las empresas estibadoras deben acordar y suscribir un compromiso de mantenimiento del empleo de la totalidad de los trabajadores y trabajadoras portuarios que prestan, actualmente, servicios en las SAGEP, y la subrogación convencional del personal en proporción a su participación accionarial en las SAGEP en los supuestos de separación de las mismas, asà como el acuerdo sobre los procesos de formación, selección y contratación de personal, entre otros.
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