Los principales elementos, aprobados ayer jueves 14, de la actual configuración de la futura Ley son, entre otros, que el Fondo depende orgánicamente del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). También que la Comisión de Seguimiento del Fondo está adscrita al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, con participación de agentes sociales, asociaciones de vÃctimas y expertos. En esta ley se da cobertura a exposiciones laborales, ambientales y domésticas. Además, la financiación corre a cuenta de los Presupuestos Generales del Estado, de las indemnizaciones judiciales obtenidas a partir de la subrogación del derecho a litigar a favor del Fondo por parte de las personas afectadas y de las sanciones a empresas en activo por falta de medidas preventivas en casos de exposición a, amianto. Por último, cabe destacar el desarrollo reglamentario en tres meses a partir de la publicación de la Ley.
Acuerdo de todos los grupos parlamentarios
Para UGT se trata de una buena noticia que se haya alcanzado un acuerdo de todos los grupos parlamentarios en torno a un texto que, en lo sustancial, respeta el espÃritu de la proposición de Ley enviada por el Parlamento Vasco al Congreso de los Diputados. Sin embargo, quedan por desarrollar algunas cuestiones de vital importancia para completar un instrumento realmente útil para las personas afectadas por este cancerÃgeno.
Se deja a desarrollo reglamentario el alcance de las personas beneficiarias. Desde UGT estaremos muy pendientes de que los ‘caushabientes’ puedan ejercer el derecho que les asiste, dependieran o no económicamente de la persona fallecida. También cabe destacar que la determinación de las cuantÃas de las indemnizaciones, queda también pendiente del desarrollo reglamentario. Para el sindicato, esta es una cuestión clave para que el Fondo sea realmente operativo para las vÃctimas y se convierta en una alternativa real a la vÃa judicial.
También el establecimiento de una exención de tributación por las indemnizaciones previstas en el Fondo, en la lÃnea de la articulada en el Real Decreto-Ley 9/1993, por el que se conceden ayudas a los afectados por VIH como consecuencia de actuaciones realizadas en el sistema sanitario público. De no ser asÃ, las indemnizaciones se podrÃan ver sustancialmente reducidas al ser incluidas en el cálculo para el IRPF. Desde UGT trabajaremos en el proceso de tramitación en el Senado para conseguir la exención fiscal de las indemnizaciones. Y como última cuestión, ayer los grupos parlamentarios acordaron una enmienda de adición al Art. 5, que regula la Comisión de Seguimiento del Fondo, añadiendo al apartado b) un párrafo, que abre, la posibilidad de formular propuestas de mejora de las condiciones de trabajo y de protección social de presente y de futuro de las personas trabajadoras afectadas por el amianto.
Se abre asà la posibilidad de seguir trabajando por la jubilación anticipada desde esta comisión de seguimiento, para todas aquellas personas que habiéndose visto expuestos al amianto por motivos laborales, siguen en activo, y pueden estar dentro del periodo de latencia de la enfermedad sin haber desarrollado sÃntoma alguno.
UGT-Euskadi, que trata a personas afectadas desde su Servicio de Salud Laboral, entiende que las personas todavÃa en activo están padeciendo un autentico calvario de estrés y de ansiedad cada vez que se realizan la vigilancia de la salud, temiendo poder recibir malas noticias, Para ellos UGT Euskadi defiende que también debe haber resarcimiento, en forma de jubilación anticipada.
Tenemos una deuda con las vÃctimas del amianto y con la creación de este fondo se empieza a hacer justicia y reparación. UGT estará muy pendientes de que asà sea.
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