En el capítulo 40.2 de la Constitución se establece la obligación de los poderes públicos de velar por la seguridad y salud de los trabajadores. A partir de esta ley fundamental, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sucesivas normativas publicadas desarrollan los distintos aspectos para dar pleno sentido a este derecho.

Para mejorar la seguridad y salud y evitar situaciones de riesgo, origen de la mayor parte de los accidentes laborales, es necesario que se cumpla la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Los delegados/as de prevención son el valor del sindicato para vigilar la salud y la seguridad de nuestros propios compañeros/as, y así hacer que sea posible llevar a la realidad y evitar situaciones de riesgo.

En ocasiones surgen dudas sobre los procedimientos de elección de los delegados de prevención, sus competencias, la formación, la información a la que deben tener acceso, las medidas a adoptar ante un riesgo inminente, qué competencias tiene el Comité de Seguridad y Salud Laboral…

La labor del delegado de prevención conlleva un compromiso muy importante para sus compañeros/as y a veces se ven en situaciones en las que tienen que saber claramente como actuar y las consecuencias que puede ocasionarles.

Como ejemplo, diremos que los/as Delegados/as de Prevención no podrán ser sancionados como consecuencia de ejercer su derecho a la paralización de actividad ante una situación de exposición a un riesgo grave e inminente para los/as trabajadores/as. Sólo en el caso de que quede demostrado que hayan intervenido de mala fe.

Con este manual queremos mostrar unas líneas básicas, pero importantes, para una de nuestras prioridades como sindicato en la defensa de las condiciones laborales de los trabajadores, porque es importante un hecho que hemos reivindicado en numerosas ocasiones con nuestro lema de “trabajar para vivir”.

Os invitamos a manejar esta guía para saber cómo actuar en la tarea de ejercer este derecho y saber que como delegados de prevención tenemos un importante derecho: el de la consulta y participación en materia de Salud y Seguridad Laboral por parte de los empresarios.

 

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Manual para delegados y delegadas de Prevención de Riesgos Laborales de UGT-Euskadi

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En el capítulo 40.2 de la Constitución se establece la obligación de los poderes públicos de velar por la seguridad y salud de los trabajadores. A partir de esta ley fundamental, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sucesivas normativas publicadas desarrollan los distintos aspectos para dar pleno sentido a este derecho.

Para mejorar la seguridad y salud y evitar situaciones de riesgo, origen de la mayor parte de los accidentes laborales, es necesario que se cumpla la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Los delegados/as de prevención son el valor del sindicato para vigilar la salud y la seguridad de nuestros propios compañeros/as, y así hacer que sea posible llevar a la realidad y evitar situaciones de riesgo.

En ocasiones surgen dudas sobre los procedimientos de elección de los delegados de prevención, sus competencias, la formación, la información a la que deben tener acceso, las medidas a adoptar ante un riesgo inminente, qué competencias tiene el Comité de Seguridad y Salud Laboral…

La labor del delegado de prevención conlleva un compromiso muy importante para sus compañeros/as y a veces se ven en situaciones en las que tienen que saber claramente como actuar y las consecuencias que puede ocasionarles.

Como ejemplo, diremos que los/as Delegados/as de Prevención no podrán ser sancionados como consecuencia de ejercer su derecho a la paralización de actividad ante una situación de exposición a un riesgo grave e inminente para los/as trabajadores/as. Sólo en el caso de que quede demostrado que hayan intervenido de mala fe.

Con este manual queremos mostrar unas líneas básicas, pero importantes, para una de nuestras prioridades como sindicato en la defensa de las condiciones laborales de los trabajadores, porque es importante un hecho que hemos reivindicado en numerosas ocasiones con nuestro lema de “trabajar para vivir”.

Os invitamos a manejar esta guía para saber cómo actuar en la tarea de ejercer este derecho y saber que como delegados de prevención tenemos un importante derecho: el de la consulta y participación en materia de Salud y Seguridad Laboral por parte de los empresarios.

 

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