La Ley limitará a un máximo de tres empresas subcontratadas en Construcción

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Saturnino Gil, Secretario de Salud Laboral y Medio Ambiente de la Federación estatal del Metal y Construcción (MCA), de UGT; Ester Malpartida, Secretaria General de la Federación MCA de UGT en Euskadi y Arturo Rodríguez, responsable del sector de Construcción en Euskadi han dado a conocer esta mañana la incidencia en Euskadi de la Ley que regula la subcontratación en el sector, en una reunión que han mantenido con un centenar de cuadros sindicales de la Federación Metal, Construcción y Afines (MCA) de UGT.

La Ley, que regula y limita la subcontratación en la Construcción, fue aprobada el 29 de setiembre, fruto del diálogo, negociación y acuerdo de los agentes sociales y las fuerzas políticas. Su objetivo fundamental es combatir la siniestralidad en el sector, a partir del 19 de abril, fecha en la que entrará en vigor.

Los responsables de la Federación han manifestado que el siguiente objetivo es la jubilación en el sector a los 60 años, objetivo ambicioso que redundará en un rejuvenecimiento en las plantillas y en mayores niveles productivos.

La Ley que regula la subcontratación en el sector de Construcción se ha conseguido gracias a la labor sindical de MCA-UGT y al respaldo miles de trabajadores a lo largo de casi diez años a las movilizaciones, entre ellas, dos huelgas generales -24 y 25 de febrero de 2000 y 2 de marzo de 2001-y una campaña en todo el país -febrero y marzo de 2004-, así como numerosas movilizaciones y huelgas en el ámbito territorial.

Esta ley es un compromiso electoral que el PSOE adquirió con MCA-UGT, que cuenta con un amplio consenso entre los agentes sociales y las fuerzas políticas, ya que su texto se basa en las negociaciones llevadas a cabo por MCA-UGT con la patronal y otros agentes sociales y políticos.

Combatir la siniestralidad laboral en el sector

El objetivo principal de la Ley es combatir la siniestralidad en el sector, dado que la subcontratación en cadena supone un descontrol que fomenta los accidentes, así como fomentar la prevención; para ello, la Ley establece medidas en formación, representación sindical, entre otras, dirigidas a impulsar la prevención.

Con la ley se pretende también mejorar las condiciones laborales, al contrarrestar la contratación fraudulenta que escondía y fomenta la subcontratación.

Fomenta el empleo estable, ya que establece unos mínimos de contratación indefinida en cada empresa, e incentiva la formación, ya que esta norma obliga a formar y acreditar la formación de los trabajadores.

Entre otras cuestiones, la Ley racionalizará el trabajo en el sector al limitar los límites de subcontratación y establecer niveles de responsabilidad en la misma.

Niveles de subcontratación y empleo fijo

El límite de subcontratación se establece en un único nivel de subcontratación para las empresas cuya prestación sea mano de obra; hasta tres niveles para el resto de los supuestos y la imposibilidad de subcontratar para los autónomos.

Obliga a las empresas a contar con un mínimo de empleo indefinido que se establece en un 10% durante los 18 primeros meses de vigencia de la Ley, un 20% transcurridos 18 meses de la entrada en vigor de la Ley y el 30% a partir de los 36 meses desde que la Ley entre en vigor.

“Aunque esto pueda parecer poco -advierte Saturnino Gil- en muchas empresas supone pasar al 0 al 30% de contratación indefinida”.

Registro de empresas

La ley establece un Registro de Empresas Acreditadas para operar en el sector, que será imprescindible para actuar en el sector de construcción con una serie de requisitos mínimos exigibles y velará de manera especial por el cumplimiento de aspectos relacionados con la prevención de riesgos laborales, como es el caso de la formación -tanto para directivos como para profesionales de oficio- como el establecimiento y mantenimiento de una mínima organización preventiva.

La ley establece la responsabilidad subsidiaria en los casos de incumplimiento en lo que respecta al registro de empresas subcontratistas, al porcentaje de mano de obra indefinida y al régimen de subcontratación.

Obliga a un Libro de Subcontratación en cada obra

La Ley obliga también a crear un Libro de Subcontratación en cada obra, que debe existir en toda obra en donde se subcontraten trabajos a empresas o autónomos y que contenga:

1. Todas y cada una de las empresas que han intervenido o intervienen en las obras.

2. El objeto de cada contrato y la identificación de la persona que ejerce las facultades de organización y dirección de cada subcontratista

3. Los planes concretos de seguridad de cada una de las subcontratas

Formación para los trabajadores

La Ley exige una mejor formación para los trabajadores en materia preventiva:

1. Las empresas estarán obligadas a acreditar la formación recibida por los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.

2. La negociación colectiva estatal del sector podrá definir programas formativos y contenidos específicos de carácter sectorial y para los trabajos de cada especialidad.

Y además, dota de mayores contenidos a la negociación colectiva del sector: El contrato fijo de obra de la construcción podrá regularse en más detalle a través del convenio colectivo estatal y permite que el convenio general del sector de construcción establezca nuevos y mejores mecanismos de representación de los trabajadores en las obras.

Implantación de la Ley

El sindicato va a fomentar la implantación de la Ley en una campaña contínua que se está llevando a cabo hasta su entrada en vigor y vigilando su implantación y cumplimiento, especialmente al comienzo de su entrada en vigor.

Arturo Rodríguez, responsable del sector en Euskadi, ha manifestado que cada año se visitan entre 300 y 500 obras y se les informa de aquello que no cumple la Ley de Riesgos Laborales. “Normalmente las empresas hacen caso de nuestras observaciones, ya que lo que suele ocurrir es que han sido mal asesoradas por empresas que se dedican a la prevención de riesgos”.

Accidente mortal

Ester Malpartida, Secretaria General de la Federación de Euskadi ha denunciado el nuevo accidente en Construcción, ayer, en Etxébarri. Un trabajador de 45 años, que fallecía tras caer al suelo desde un tercer piso y golpearse en la cabeza.

Los responsables sindicales han advertido que entre 14 y 15 trabajadores de cada 100 se accidentan al año, con baja laboral, cifra que en ocasiones se eleva hasta el 18%. “Lo que supone que cada 6 años un trabajador está expuesto a sufrir un accidente laboral con baja”.

Situación del sector en Euskadi

El sector en Construcción en Euskadi está mayoritariamente compuesto por pequeñas empresas “micropymes”. En total, 23.990 empresas que engloban a un total de 77.525 trabajadores; de ellos 13.061 son empresas de trabajadores autónomos y 10.929 cuentan con uno o más trabajadores.

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