Tras un largo perÃodo de negociaciones, las federaciones MCA-UGT y FM-CCOO han conseguido un preacuerdo con la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) que da garantÃas y estabilidad a las plantillas de Babcock Power España (BPE) durante los próximos tres años.
En el curso de la reunión mantenida hasta altas horas de la madrugada de hoy, los sindicatos han conseguido una importante ampliación del plan de garantÃas laborales ofrecidas por la SEPI para los trabajadores en el proceso de adaptación industrial de Babcock Power España S.A. En concreto, la SEPI se compromete a extender la garantÃa recogida en el acuerdo sociolaboral firmado el 22 de febrero de 2001 durante tres años más a partir de la fecha de este nuevo acuerdo.
Las citadas garantÃas afectarán de forma nominal a los trabajadores fijos de Babcock Power España (en adelante BPE) pertenecientes en su dÃa al colectivo de trabajadores fijos de Babcock Wilcox España SA incorporados posteriormente a Babcock Borsig España (en la actualidad BPE) y que continúan como fijos de plantilla de BPE a fecha de hoy.
AsÃmismo, el acuerdo da por cumplida dicha garantÃa respecto a los 112 trabajadores afectados por el Expediente de Regulación de Empleo ya comprometido con la empresa pero que todavÃa está pendiente de desarrollar.
Las causas de activación de la garantÃa serán el despido por causas objetivas, tanto individual como colectivo y el despido declarado judicialmente improcecedente. En tales supuestos, si se tratase de trabajadores con edad igual o superior a los 52 años en dicho momento, se realizarÃa un Plan de Prejubilaciones en las mismas condiciones que las recogidas en el Plan suscrito el 19 de diciembre de 2007. Al resto de trabajadores no prejubilables se les ofreerá un empleo alternativo en condiciones sociolaborales, económicas, y geográficas equivalentes a las mantenidas en BPE y si tal recolocación no fuese posible en el plazo de tres meses -o el trabajador rechazase el puesto ofertado- recibirá una indemnización de 45 dÃas de salario por año de servicio (sin ningún tope).
La validez del Acuerdo y, consecuentemente, de las garantÃas que éste establece, están ahora condicionadas a la formalización de los correspondientes acuerdos bilaterales entre Babcock Power España y los sindicatos, a la ratificación del ERE previsto y a la elaboración por parte de la empresa las medidas complementarias y de adaptación del plan industrial vigente.
Dichas medidas – que deben contemplar carga de trabajo, lÃneas de financiación, y perspectivas comerciales, deben contar asÃmismo con la conformidad de la mayorÃa de la representación legal de los trabajadores. El Acuerdo deberá asimismo ser autorizado por el Consejo de Ministros.
En todo caso, el preacuerdo firmado queda supeditado a su ratificación por parte de las federaciones sindicales firmantes y de los trabajadores de Babcock Power España S.A.
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