Tras denuncia de UGT -Euskadi, Inspección de Trabajo obliga a Ambulancias Maiz a hacerse cargo del lavado, descontaminación y/o destrucción de ropa de trabajo de su personal

Ambulancias Maíz, presta servicio en la red de transporte sanitario urgente (RTSU) de Osakidetza y, evidentemente, están trasladando diariamente a pacientes con el COVID19
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Tras denuncia del Gabinete de Salud Laboral de UGT-Euskadi, la Inspección de Trabajo ha requerido  a la empresa Ambulancias Maíz, que presta servicio en la red de transporte sanitario urgente (RTSU) de Osakidetza, a responsabilizarse con carácter inmediato del lavado, descontaminación y, en caso necesario, destrucción de ropa de trabajo del personal que presta su servicio en dichas ambulancias y que están trasladando, en la actualidad, diariamente a pacientes con el COVID19.

La denuncia viene dada por el hecho de que la empresa obligaba hasta ahora al personal a llevarse la ropa de trabajo a su domicilio.

En este sentido, la Inspección advierte en su requerimiento que el incumplimiento de que la empresa se haga cargo del lavado, descontaminación y/o destrucción de la ropa de trabajo podrá dar lugar al inicio del correspondiente procedimiento administrativo sancionador, y le recuerda a la empresa el cumplimiento de las medidas del RD 664/1977, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos.

UGT recuerda que es preciso que se cumpla la normativa en todos los casos, y teniendo en cuenta la actividad a la que se dedica la empresa Ambulancias Maiz, S.A., y la acreditada exposición de los trabajadores al  riesgo de exposición a agentes biológicos es el empresario el que debe responsabilizarse de lavado, descontaminación y, en su caso, destrucción de la ropa de trabajo y de los equipos de protección desechables que se utilizan, “quedando rigurosamente prohibido que los trabajadores se lleven los mismos a su domicilio para tal fin”.

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