El Tribunal considera que las causas esgrimidas por PCB no justifican la decisión de extinguir la relación laboral de tan alto número de trabajadoras/es por varias razones, por un lado, la desproporción entre las causas planteadas y los efectos en términos de empleo, y por otro, la especial protección que la normativa legal puesta en marcha ante la situación de Covid-19 da al empleo ante situaciones coyunturales relacionadas con la pandemia.
Desde UGT, compartimos el sentido de la sentencia y celebramos que se haya hecho justicia con 90 trabajadores/as que perdieron su empleo de manera injustificada. Instamos a la dirección de PCB a que asuma los sólidos argumentos jurÃdicos y reponga a las trabajadoras/es en sus puestos de trabajo y en las mismas condiciones que antes del despido.
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