Esta nueva Ley educativa revierte los cambios promovidos por la LOMCE como la organización de itinerarios, evaluación y reválidas, religión, educación en valores, coeducación, escolarización y recupera la participación de la comunidad educativa en la gobernanza de los centros. Además, incorpora otros planteamientos como el desarrollo sostenible y el medio ambiente, la promoción de la salud en el ámbito educativo, la igualdad de género a través de la coeducación y el respecto a la diversidad afectivo-sexual, la competencia digital y una mayor personalización del aprendizaje, todo ello reforzando la inclusividad y la equidad.
La estructura de la LOMLOE, que incluye un artÃculo único de modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), incorpora novedades que suponen notables mejoras en aspectos fundamentales como el refuerzo de la escuela pública como eje vertebrador del sistema educativo español, por ser la que garantiza el acceso de todos al conocimiento en condiciones de igualdad y el mejor modo de corregir las desigualdades de origen. Asimismo, apuesta por la equidad y la igualdad de oportunidades a través de medidas de apoyo al alumnado con necesidades especÃficas, por la gratuidad, y por una polÃtica de becas y ayudas al estudio que garantice el derecho a la educación de todo el alumnado.
Otro punto a destacar es la evaluación y promoción del alumnado donde se
recupera la importancia de la evaluación continua y se potencia el papel de los equipos docentes, y donde la repetición se incorpora como una medida excepcional.
También se recuperan la distribución de competencias entre el Estado y las comunidades Autónomas en lo relativo a los contenidos básicos de las enseñanzas mÃnimas.
UGT ha venido defendiendo la necesidad de modernización y mejora de nuestro sistema de Formación Profesional para que socialmente sea valorado como una etapa formativa capaz de mejorar la empleabilidad, de ofrecer opciones más variadas de elección de formación y de trabajo. En ese sentido, consideramos que la nueva ordenación de la Formación Profesional aporta una estructura más lógica y contribuye a esa mejora en el reconocimiento social y a la flexibilización y agilidad en los procesos de incorporación de nuevos contenidos.
Además, la Formación Profesional Básica se incorpora con pleno derecho permitiendo la obtención del tÃtulo de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, lo que mejora la posibilidad de continuidad en el sistema educativo y puede evitar el abandono precoz y el fracaso escolar.
La nueva Ley potencia la creación artÃstica en el currÃculo de la educación básica, aunque seguimos echando en falta el compromiso de garantizar la educación artÃstica, de todo el alumnado, en el resto de la enseñanza obligatoria. Además, la LOMLOE recupera la denominación de TÃtulo de Grado en Enseñanzas ArtÃsticas Superiores que otorgó la LOE a las mismas, y se incluye el compromiso de completar la reforma de las enseñanzas artÃsticas superiores.
Se favorece la integración de los alumnos de necesidades educativas especiales y se refuerza y se mantienen los centros de educación especial y, además, se potencian las acciones encaminadas a evitar el abandono temprano y, por tanto, el fracaso escolar.
Hay una apuesta importante por la igualdad de oportunidades en el ámbito rural, para favorecer la permanencia del alumnado de estas zonas más allá de la enseñanza básica, con medidas orientadas a potenciar la red de centros y su digitalización, a la vez que se incentiva a los profesionales a permanecer en su plaza.
La LOMLOE mejora aspectos relativos a la equidad y evita la segregación escolar incorporando medidas como la creación de comisiones de escolarización que supervisen el proceso de admisión, para evitar asÃ, la discriminación del alumnado por motivos socioeconómicos.
No obstante, nos preocupan aspectos como la enseñanza por ámbitos y la manera en la que puede repercutir en las plantillas docentes, o aspectos disciplinarios como la separación de los docentes con expediente contradictorio, que corresponde al ámbito del Estatuto docente que debe ser negociado con los representantes del profesorado.
Por otro lado, la Ley incluye el compromiso de negociar el Estatuto de la Función Pública Docente en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la LOMLOE. En el ámbito de esta negociación creemos que se deberÃa considerar la situación de todos los cuerpos docentes con respecto a la clasificación de cuerpos y niveles.
Con respecto a aspectos que algunos sectores sociales han planteado en estos dÃas, UGT se siente identificada con la puesta en valor de las cooperativas de Enseñanza como modelo de economÃa social, asà mismo destaca el compromiso de la Disposición Adicional 8 de estudiar la cuantÃa de los módulos de conciertos que, a nuestro juicio, debe tener entre sus fines la mejora de retribuciones y jornada de los trabajadores de la Enseñanza Concertada.
Nuestra organización ha venido demandando la derogación de la LOMCE y/o sus aspectos más lesivos. Esta demanda ha sido recogida en parte en este proyecto de Ley que es un primer paso en la dirección correcta, para abordar una reforma en profundidad en nuestro sistema educativo, aunque seguimos echando en falta otras demandas, que creemos pueden incluirse todavÃa en el trámite parlamentario, como son la rebaja de las ratios a 15 alumnos en Infantil, 20 en Primaria y Secundaria y 25 máximo en Bachillerato; y la reducción de la carga lectiva de todo el profesorado de los centros educativos, para que se pudiera establecer con carácter básico la reducción del horario a 20 horas lectivas en Infantil y Primaria y a 18 horas en Secundaria, Bachillerato, FP y el resto de enseñanzas.
Además, es urgente establecer un sistema transitorio para regular el ingreso a la función pública de los cuerpos docentes, que consiga rebajar la tasa de interinidad y permita dar estabilidad a las plantillas.
Al mismo tiempo, se deberÃan igualar los derechos de la jubilación entre los funcionarios docentes del RGSS y los funcionarios de clases pasivas.
Desde UGT, emplazamos al Gobierno a comenzar las negociaciones con los sindicatos para establecer las condiciones de la Función Docente, asà como los necesarios cambios referidos al currÃculo, la metodologÃa y la evaluación que deberán desarrollarse a partir de esta ley.
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