ANITZA
El BoletÃn Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy, con fecha 9 de octubre, el reglamento que regula la implantación de los planes LGTBI en las empresas de más de 50 personas trabajadoras y que está recogido en el Real Decreto 1026/2024, de 8 de octubre, por el que se desarrolla el conjunto planificado de medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas.
Ley 14/2012, de 28 de junio, deno discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales.
Ley de identidad de género. Ley3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas.
La Ley 31/1995 de prevención deriesgos laborales y su legislación de desarrollo establecen el deber del empresariado de abordar y gestionarlos riesgos psicosociales de la misma manera que el resto de riesgos: identificando, evaluando, plani-ficando y estableciendo las medidas necesarias para controlar su eficacia.
Los empleados y empleadas públicas tienen derecho al respeto a su intimidad, orientación sexual, propia imagen y dignidad en el trabajo, especialmente frente al acoso sexual y porrazón de sexo, moral y laboral; a la no discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo u orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Ley por la que se modifica el Código Civil en materia de dere-cho a contraer matrimonio, y a partirde la cual “el matrimonio tendrá losmismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes son del mismo sexo o de diferente sexo.
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