PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE RIESGOS PSICOSOCIALES
Estas FAQ tratan de dar respuesta a las preguntas más frecuentes que se han recibido y que pueden ayudar a delegadas y delegados, profesionales de la prevención, empresas, trabajadores y trabajadoras y público en general, en su tarea diaria para la consecución de condiciones de trabajo sanas y seguras.
También puedes consultar nuestro GLOSARIO. En él encontraras explicación a diferentes términos relacionados con los riesgos psicosociales.
¿Qué es un RIESGO PSICOSOCIAL?
Riesgos psicosociales son: “aquellas condiciones presentes en una situación de trabajo, relacionadas con la organización, el contenido y la realización del trabajo, susceptibles de afectar tanto al bienestar y la salud (física, psíquica y social) de los trabajadores como al desarrollo del trabajo”. (Comité mixto Organización Internacional del Trabajado y la Organización Mundial de la Salud, 1984).
Podemos enumerar, a modo resumen, los principales riesgos psicosociales:
¿Qué son los FACTORES PSICOSOCIALES?
Los factores psicosociales se definen como aquellas condiciones presentes en una situación laboral directamente relacionadas con la organización del trabajo y su entorno social, con el contenido de trabajo y la realización de la tarea y que se presentan con capacidad para afectar el desarrollo del trabajo y la salud (física, psíquica o social) del trabajador.
Así, unas condiciones psicosociales adversas están en el origen tanto de determinadas conductas y actitudes inadecuadas en el desarrollo del trabajo, como de determinadas consecuencias perjudiciales para la salud y bienestar del trabajador.
Según el INSTH, los principales factores de riesgo psicosocial tienen dos vertientes:
¿Es obligatorio evaluar los riesgos psicosociales en la empresa?
SI, en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (31/1995) se establece en su artículo 14, apartado 2 “el cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo”.
Entre los riesgos que evalúa la empresa deberán encontrarse los riesgos psicosociales, se recomienda que se incorpore de forma sistemática la evaluación de riesgos psicosociales a los procesos de evaluación de la empresa.
¿Cuál es el objetivo de la evaluación de riesgos psicosociales?
La evaluación psicosocial persigue el mismo objetivo que otros ámbitos de la prevención de riesgos laborales: identificar y valorar factores de riesgo con el fin de establecer medidas de mejora para prevenir los daños en la salud. Identificar con claridad los factores de riesgo psicosocial y la producción de riesgos psicosociales que se derivan de ellos.
¿Qué métodos existen para evaluar los riesgos psicosociales en la empresa?
Dos de los métodos de evaluación de riesgos psicosociales más utilizados son: Método CoPsoQ ISTAS 21. Versión 2. Método de evaluación e intervención preventiva de los factores de riesgo psicosocial.
Visualizar/descargar infografía sobre EVALUACIÓN DE RIESGOS PSICOSOCIALES
Visualizar/descargar infografía sobre MÉTODOS DE EVALUACIÓN CUANTITATIVOS.
Visualizar/descargar infografía sobre MÉTODOS DE EVALUACIÓN CUALITATIVOS.
¿Quién elige el método de evaluación?
Dicha elección, según el Reglamento de los Servicios de Prevención, deberá ser objeto de consulta a los trabajadores o sus representantes (artículo 3.2), de tal manera que el procedimiento de evaluación que se va a utilizar proporcione confianza sobre su resultado y más se ajuste a las necesidades existentes.
¿Qué método elegir?
Aquel que cumpla las siguientes características:
¿Quién puede solicitar la evaluación?
¿Es obligatorio que la empresa consulte a las trabajadoras y trabajadores en ralación a la realización de la evaluación de los RIESGOS PSICOSOCIALES?
En la evaluación de los riesgos psicosociales es necesaria y esencial la participación de las personas trabajadoras o sus representantes, desde la primera fase de la planificación hasta la fase de decisión de las medidas que se deben adoptar para la mejora de las condiciones de trabajo y el control y seguimiento de dichas mejoras preventivas.
La consulta y participación de las trabajadoras y trabajadores o sus representantes en las distintas etapas de la evaluación de riesgos psicosociales es necesaria por varias razones:
¿Las personas trabajadoras que se encuentran en IT deben participar?
Si, el hecho de hallarse en situación de incapacidad temporal no impide la participación de las personas trabajadoras.
¿Son anónimas?
Todo proceso de evaluación psicosocial debe garantizar la confidencialidad. Es decir, que el trabajador tenga la seguridad de que la información que nos va a facilitar es totalmente anónima.
¿Se debe facilitar una copia de las conclusiones?
Sí, en España, los trabajadores tienen derecho a recibir una copia de los resultados de la evaluación de riesgos laborales, incluyendo la evaluación de riesgos psicosociales, si la han solicitado o si han estado involucrados en el proceso.
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para adoptar medidas?
¿Con que periodicidad debe realizarse una evaluación de riesgos psicosociales?
Al igual que se hace con el resto de los riesgos, la revisión de la evaluación de riesgos psicosociales, o la realización de una nueva evaluación, se realizará con una periodicidad determinada en función de la evaluación de riesgos previa, cuando se hayan producido daños a la salud de alguna persona trabajadora, se hayan producido nuevos riesgos psicosociales y, en todo caso, con la peridicidad que se pacte entre la empresa y la RLT.
¿Se aplican los mismos principios preventivos a los riesgos psicosociales que a los riesgos de seguridad, higiene y ergonomía?
Los principios básicos que establece el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se deben llevar a cabo tanto para los riesgos Psicosociales como para los riesgos de Seguridad, Higiene y Ergonomía.
Una empresa puede organizarse de manera saludable mediante la puesta en práctica de los siguientes principios:
- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
- Combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica.
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
- Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo.
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores/as.
¿Qué consecuencias puede tener este tipo de riesgos en las personas trabajadoras?
La exposición continuada a estos riesgos, pueden propiciar la aparición de respuestas fisiológicas del organismo que implican a los sistemas endocrino, nervioso e inmunológico. Entre otros trastornos se pueden dar:
¿Qué consecuencias puede tener este tipo de riesgos en las empresas?
¿Qué responsabilidad puede tener la empresa en caso de no observar las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales?
Dado que la observancia de los deberes en materia preventiva es una obligación legal del empresario, en caso de incumplimiento en este ámbito, el empresario es responsable y por ende, puede ser objeto de sanciones/responsabilidades como las siguientes:
a) Sanciones administrativas y responsabilidades en materia de seguridad social.
b) Deber de indemnizar por los daños y perjuicios causados a las personas trabajadoras por su acción/omisión en esta materia.
c) Responsabilidad penal.
En el ámbito de la prevención de riesgos laborales, ¿qué derechos tienen las personas trabajadoras?
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